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La declaración conjunta en IRPF y el divorcio

Mediando matrimonio, lo cónyuges pueden optar a la hora de realizar la declaración de la renta bien por la modalidad individual o conjunta. Así dependiendo de cual sea la situación económica de los miembro de la familia, será más beneficioso optar  por una u otra opción. En este breve artículo le mostramos las claves para realizar la declaración conjunta en IRPF en un divorcio

Tras un divorcio la posibilidad de declaración conjunta desparece, salvo que existan hijos menores.

En este caso y siempre que exista la convivencia necesaria con los hijos, uno de los progenitores podrá presentar declaración conjunta con los menores, mientras que el otro vendrá obligado a presentar declaración individual. Debemos de tener claro que los hijos menores a efectos de IRPF sólo podrán formar parte de una declaración conjunta. Es decir nunca se podrán presentar en un mismo ejercicio dos declaraciones conjuntas por los progenitores con los mismos menores. 

¿Una vez presentada la declaración conjunta por uno de los progenitores con los menores puede variarse en los próximos ejercicios de IRPF?.

Esta posibilidad puede ser mantenida cada año, o puede alternarse cada año. Así, puede ser siempre el mismo progenitor quien presente la declaración conjunta con los hijos menores, o bien se puede ir alternando cada año el progenitor que presentará la declaración conjunta, a los efectos de que cada progenitor  pueda beneficiarse en años alternativos de un mejor tratamiento fiscal a través de la presentación de la declaración de la renta en modalidad conjunta con los hijos. 

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