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Local 1- Bajo - 28039 Madrid
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L-V de 9:00 a 20:00
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Forislex Abogados te ayuda a gestionar el despido desde el primer momento, indicándote cómo proceder en estos momentos tan complejos y delicados, e informándote al mismo tiempo sobre tus derechos y las posibilidades que tienes de reclamar.
Un elevado número de procedimientos existosos nos avalan
Estamos aquí para ayudarte GRATUITAMENTE y SIN COSTE ALGUNO. Si tras la consulta vemos viable la reclamación, te propondremos unos honorarios ajustados, proporcionales, y acordes al trabajo a realizar.
Lo primero que necesitas es información de calidad y conocer todas tus posibilidades. Contacta con nosotros, solicítanos una primera consulta gratuita y valoraremos tu caso.
Todo ello GRATUITAMENTE y SIN COSTE ALGUNO, y si tras la consulta vemos viable la reclamación, te propondremos unos HONORARIOS ajustados, proporcionales, y acordes al trabajo a realizar, que se compondrán de un parte fija y una variable en función de las cantidades a obtener.
La principal es que en el despido procedente la empresa ha cumplido con todos los requisitos establecidos en la ley, y se han acreditado las causas que alegó en la carta de despido, y por dicho motivo el juez lo declara como procedente.
El despido improcedente es aquel donde la empresa no acredita las causas que alegó en la carta, o no se cumplen los requisitos legales del despido.
El despido nulo es aquel donde el juez considera que se han vulnerado derechos fundamentales o libertades públicas del trabajador.
No hay problema en firmar dicha carta de despido, pero lo recomendable es escribir en la misma: NO CONFORME.
Es esencial llevarte la CARTA DE DESPIDO firmada por la empresa, y el FINIQUITO que te entreguen.
En este caso nos encontraríamos ante un despido verbal, la ley exige que la empresa debe de entregar carta de despido por escrito, en su defecto, has de contactar inmediatamente con nosotros para enviar a la empresa un burofax solicitando la entrega de la carta de despido, con detalle de cómo, quién y dónde se produjo el despido verbal.
Descuida, contacta gratuitamente con FORISLEX ABOGADOS, pídenos cita y te valoraremos:
Todo ello GRATUITAMENTE y SIN COSTE ALGUNO, y si tras la consulta vemos viable la reclamación, te propondremos unos HONORARIOS ajustados, proporcionales, y acordes al trabajo a realizar, que se compondrán de un parte fija y una variable en función de las cantidades a obtener.
En nuestro despacho prestaremos atención especial a:
Despido disciplinario basado en el comportamiento del trabajador, o Despido objetivo por causas económicas, organizativas o de producción.
La principal es que en el despido procedente la empresa ha cumplido con todos los requisitos establecidos en la ley, y se han acreditado las causas que alegó en la carta de despido, y por dicho motivo el juez lo declara como procedente.
El despido improcedente es aquel donde la empresa no acredita las causas que alegó en la carta, o no se cumplen los requisitos legales del despido.
El despido nulo es aquel donde el juez considera que se han vulnerado derechos fundamentales o libertades públicas del trabajador.
No, puesto que la empresa ha probado el cumplimiento de los requisitos formales y legales del mismo, por ejemplo acreditando la falta de asistencia continuada del trabajador a su puesto de trabajo.
Sí, a razón de 33 días por año, salvo que haya antigüedad anterior al 12/02/2012, en cuyo caso dicho periodo se indemnizará a razón de 45 días por año.
Como regla general no, porque se condena a la empresa a readmitir al trabajador y abonarle los salarios devengados desde su despido hasta su efectiva reincorporación.
Como excepción, cabe indemnización de daños y perjuicios, si estos son probados por el trabajador y son los suficientemente graves como para ello.
El coste dependerá del proceso judicial pero podemos decirle que en FORISLEX Abogados, la primera consulta es completamente gratuita. Puede saber más sobre gastos de un proceso laboral en el artículo: ¿Cuánto cuesta un abogado laboralista? Todo lo que necesita saber antes de contratar
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