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Calendario Laboral

Calendario fiscal 2023

Impuestos Enero 2023

Hasta el 20/01:

  • 111 Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta. Autoliquidación.
  • 115 Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.

Hasta el 30/01:

  • 131  Empresarios y profesionales en Estimación Objetiva. Pago fraccionado.
  • 130  Empresarios y profesionales en Estimación Directa. Pago fraccionado.
  • 303  Autoliquidación.
  • 349 Declaración Informativa. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
  • 390 Resumen anual 2022

Hasta el 31/01:

  • 190 Declaración Informativa. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de rentas. Resumen anual.
  • 180 Declaración Informativa. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos. Resumen anual.
  • 184 Declaración Informativa. Entidades en régimen de atribución de rentas. Declaración anual.

Impuestos Febrero 2023

IMPUESTOS A PRESENTAR EN FEBRERO

Hasta el 28/02:

  • 347 Declaración informativa. Declaración anual de operaciones con terceras personas

Impuestos Marzo 2023

IMPUESTOS A PRESENTAR EN MARZO

  • Mes dedicado al cierre contable

Impuestos Abril 2023

IMPUESTOS A PRESENTAR EN ABRIL

Desde el 11 de abril: Presentación por internet de las declaraciones de Renta 2022 y Patrimonio 2022, con resultados a ingresar con domiciliación en cuenta, hasta el 27 de junio.

  • 100 (solo borradores por internet): Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Declaración anual.
  • 720 Declaración Informativa. Declaración sobre bienes y derechos situados en el extranjero.

Hasta el 20/04:

  • 111 Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e i mputaciones de Renta. Autoliquidación.
  • 115 Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.
  • 131 IRPF. Empresarios y profesionales en Estimación Objetiva. Pago fraccionado.
  • 130 IRPF. Empresarios y profesionales en Estimación Directa. Pago fraccionado.
  • 303 IVA. Autoliquidación.
  • 349 Declaración Informativa. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
  • 309 IVA. Declaración – Liquidación no periódica.
  • 202 IS. Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español). Pago Fraccionado.

Impuestos Mayo 2022

IMPUESTOS A PRESENTAR EN MAYO

Desde el 05/05: (telefónicamente con cita previa)

  • 100 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Declaración anual.

Impuestos Junio 2023

IMPUESTOS A PRESENTAR EN JUNIO

Desde el 01/06:

  • 100: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Declaración anual. En oficinas AEAT.

Hasta el 27/06:

Domiciliación de modelos que salgan a pagar.

  • 100 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Declaración anual.
  • 714 Impuesto sobre el Patrimonio. Declaración y documento de ingreso.

Hasta el 30/06:

  • 100 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Declaración anual.

Impuestos Julio 2023

IMPUESTOS A PRESENTAR EN JULIO

Hasta el 20/07:

  • 111 Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta. Autoliquidación.
  • 115 Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.
  • 131 IRPF. Empresarios y profesionales en Estimación Objetiva. Pago fraccionado.
  • 130 IRPF. Empresarios y profesionales en Estimación Directa. Pago fraccionado.
  • 303 IVA. Autoliquidación.
  • 349 Declaración informativa. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
  • 309 IVA. Declaración- Liquidación no periódica.

Hasta el 25/07:

  • 200 IS. Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Documentos de ingreso o devolución.

Impuestos Agosto 2023

IMPUESTOS A PRESENTAR EN AGOSTO

  • No hay fechas en Agosto para el calendario fiscal.

Impuestos Septiembre 2023

IMPUESTOS A PRESENTAR EN SEPTIEMBRE

  • No hay fechas en Septiembre para el calendario fiscal.

Impuestos Octubre 2023

IMPUESTOS A PRESENTAR EN OCTUBRE

Hasta el 20/10:

  • 111 Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta. Autoliquidación.
  • 115 Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.
  • 131 IRPF. Empresarios y profesionales en Estimación Objetiva. Pago fraccionado.
  • 130 IRPF. Empresarios y profesionales en Estimación Directa. Pago fraccionado.
  • 303 IVA. Autoliquidación.
  • 349 Declaración Informativa. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
  • 309 IVA. Declaración – Liquidación no periódica.
  • 202 IS. Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes u entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español). Pago Fraccionado.

Impuestos Noviembre 2023

IMPUESTOS A PRESENTAR EN NOVIEMBRE

No hay fechas en Noviembre para el calendario

Impuestos Diciembre 2023

IMPUESTOS A PRESENTAR EN DICIEMBRE

Hasta el 20/12:

  • 202 IS. Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español). Pago Fraccionado.

Puede consultar el calendario del contribuyente de 2022 en la web de la Agencia Tributaria.

cesión ilegal de trabajadores

¿Qué es la cesión ilegal de trabajadores?

Se trata de una práctica fraudulenta muy común en el mercado laboral, y que acontece cuando una empresa cede a un trabajador a otra para realizar su prestación laboral.

De esta forma, la empresa “cedente” cobrará de la empresa “cesionaria” una contraprestación económica, derivada de la prestación laboral del trabajador a favor de la “cesionaria”. 

¿Dónde se regula la cesión ilegal de trabajadores?

En nuestro Estatuto de los Trabajadores, en el artículo 43 que establece: 

“1. La contratación de trabajadores para cederlos temporalmente a otra empresa solo podrá efectuarse a través de empresas de trabajo temporal debidamente autorizadas en los términos que legalmente se establezcan.

2. En todo caso, se entiende que se incurre en la cesión ilegal de trabajadores contemplada en este artículo cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias: que el objeto de los contratos de servicios entre las empresas se limite a una mera puesta a disposición de los trabajadores de la empresa cedente a la empresa cesionaria, o que la empresa cedente carezca de una actividad o de una organización propia y estable, o no cuente con los medios necesarios para el desarrollo de su actividad, o no ejerza las funciones inherentes a su condición de empresario”

En definitiva, sólo las empresas de trabajo temporal (ETT), están facultadas por ley para realizar la cesión de trabajadores a otra empresa, cualquier otro supuesto será considerado cesión ilegal. 

¿Cuándo existe cesión ilegal de trabajadores?

Los Juzgados y Tribunales del orden social, declaran la cesión ilegal cuando concurren algunas de las siguientes situaciones: 

  1. El centro de trabajo donde el trabajador presta sus servicios es el de la empresa cesionaria. 
  2. El horario y la jornada es establecida por la empresa cesionaria.
  3. Las vacaciones, los días de permiso, etc., son concedidos por la empresa cesionaria.
  4. El trabajador recibe órdenes directas de la empresa cesionaria sobre cómo y de qué manera realizar su trabajo
  5. El material, herramientas, utillaje, instrumentos y métodos de trabajo son de la empresa cesionaria. 
  6. El trabajador realiza funciones idénticas o similares a las de trabajadores de la empresa cesionaria. 
  7. La empresa cesionaria ejerce potestades disciplinarias sobre el trabajador. 

No es imprescindible que concurran todas ellas, lo esencial es que la empresa cedente no controle la actividad del trabajador, ni ponga a su disposición su organización empresarial. 

El hecho de que la empresa cedente retenga ciertas facultades empresariales, como la fijación de vacaciones, de jornada laboral o de horario, etc., no son elementos significativos para hacer desaparecer la figura de la cesión ilegal. 

¿Hay sanciones económicas para las empresas implicadas?

Sí, esta práctica puede ser objeto de sanción por parte de la Inspección de Trabajo, siendo considerada como sanción muy grave, y con multas que pueden oscilar entre los 6.251 y 187.515 €, en función del número de trabajadores afectados. 

¿Qué otras consecuencias hay para las empresas afectadas?

La ley establece que ambas empresas tendrán responsabilidad solidaria respecto de los trabajadores y la Seguridad Social.

 ¿Qué derechos podrían adquirir los trabajadores que sufren la cesión ilegal?

Si ejercitan las acciones legales oportunas podrían adquirir la condición de trabajador fijo en la empresa cesionaria, debiéndole respetar la antigüedad que tuviera así como equiparar su salario al resto de trabajadores de la empresa que desempeñen el mismo o similar puesto de trabajo. 

Adicionalmente, podrían reclamar hasta un año de diferencias salariales, entre el salario que percibe de la empresa cedente, y el que le corresponde en la empresa cesionaria. 

En Forislex, nuestros abogados especializados en derecho laboral en Madrid le resolverán cualquier cuestión relativa a la cesión de trabajadores. No dude en consultarnos en informacion@forislex.como bien solicitando cita previa.

El Tribunal Supremo anula la decisión del empresario de suprimir las propinas

El Tribunal Supremo anula la decisión del empresario de suprimir las propinas

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo en su sentencia nº 635/2021, de 17 de junio, ha obligado a una empresa de restauración y hostelería a abolir la prohibición de la misma a que sus trabajadores recibieran propinas. 

Se trataba de una empresa con cinco cafeterías con un total de 110 trabajadores, que sorpresivamente en Noviembre 2018 comunicó a la plantilla que desde entonces ya no era posible el cobro de propinas, figurando desde entonces en los tickets de las cafeterías figura la frase “no se admiten propinas”, al mismo tiempo que se colocó un cartel en cada una de las cafeterías con el siguiente mensaje: 

“nuestra mejor recompensa es que usted vuelva a visitarnos, por eso no aceptamos propinas”

Recordemos que las propinas se trata de una donación o liberalidad abonada por el cliente que pretende recompensar el buen servicio ofrecido por ese trabajador que le ha atendido, tratándose de una percepción extrasalarial, y que era repartida a partes iguales entre los trabajadores con contrato indefinido. 

Dicha decisión fue impugnada por la representación legal de trabajadores siendo la misma desestimada por el TSJ de Asturias, sin embargo, el Tribunal Supremo viene a declarar nula dicha decisión empresarial al entender que debió la empresa seguir el procedimiento legal de modificación sustancial de condiciones laborales del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, al entender que la eliminación de las mismas supone un “cambio relevante”. 

Sobre el procedimiento legal de la modificación de las condiciones laborales ver nuestros artículos anteriores: “La modificación sustancial de las condiciones de trabajo, y la “Impugnación judicial de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo”.

En FORISLEX Abogados le resolveremos cualquier cuestión relativa a este asunto, no dude en consultarnos en informacion@forislex.com o bien solicitando cita previa.

Calendario del contribuyente 2021

Calendario del contribuyente para 2021

Para recordar el cumplimiento de las principales obligaciones tributarias estatales, periódicas y no periódicas, a lo largo de 2021, en este artículo le mostramos el calendario del contribuyente que la Agencia tributaria ha puesto, como en años anteriores, a disposición del contribuyente, el calendario del contribuyente 2021.

Calendario del Contribuyente 2021Descargar Calendario del Contribuyente 2021 en formato PDF (725Kb)

 

  • 20-01-2021 Hasta el 20 de enero
    • Renta y Sociedades
    • IVA
    • Impuesto sobre las Primas de Seguros
    • Impuestos Especiales de Fabricación
    • Impuesto Especial sobre la Electricidad
    • Impuestos Medioambientales
    • Impuesto Especial sobre el Carbón
  • 01-02-2021  Hasta el 1 de febrero
    • Renta y Sociedades
    • IVA
    • Declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación
    • Declaración informativa anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento
    • Declaración informativa de préstamos y créditos y otras operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles
    • Donativos, donaciones y aportaciones recibidas y disposiciones realizadas
    • Declaración informativa de entidades en régimen de atribución de rentas
    • Declaración informativa de adquisiciones y enajenaciones de acciones y participaciones en Instituciones de inversión colectiva
    • Operaciones con activos financieros
    • Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados
    • Planes, fondos de pensiones, sistemas alternativos, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes individuales de ahorro sistemático, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia
  • 22-02-2021 Hasta el 22 de febrero
    • Renta y Sociedades
    • Número de identificación fiscal
    • IVA
    • Subvenciones, indemnizaciones o ayudas de actividades agrícolas, ganaderas o forestales
    • Impuesto sobre las primas de seguros
    • Impuestos especiales de fabricación
    • Impuesto especial sobre la electricidad
    • Impuestos medioambientales
    • Impuesto sobre las Transacciones Financieras
  • 01-03-2021 Hasta el 1 de marzo
    • IVA
    • Impuesto sobre Sociedades
    • Declaración anual de consumo de energía eléctrica
    • Declaración informativa anual de operaciones realizadas por empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de tarjetas de crédito o débito
    • Declaración informativa anual de planes de ahorro a largo plazo
    • Declaración anual de operaciones con terceros
  • 22-03-2021 Hasta el 22 de marzo
    • Renta y Sociedades
    • IVA
    • Impuesto sobre las Primas de Seguros
    • Impuestos Especiales de Fabricación
    • Impuesto Especial sobre la Electricidad
    • Impuesto sobre las Transacciones Financieras
  • 30-03-2021 Hasta el 30 de marzo
    • IVA
    • Impuestos medioambientales
  • 31-03-2021 Hasta el 31 de marzo
    • Declaración informativa de valores, seguros y rentas
    • Declaración informativa sobre clientes perceptores de beneficios distribuidos por instituciones de inversión colectiva españolas, así como de aquellos por cuenta de los cuales la entidad comercializadora haya efectuado reembolsos o transmisiones de acciones o participaciones
    • Declaración informativa sobre clientes con posición inversora en instituciones de inversión colectiva españolas, referida a fecha 31 de diciembre del ejercicio, en los supuestos de comercialización transfronteriza de acciones o participaciones en instituciones de inversión colectiva españolas
    • Declaración informativa sobre bienes y derechos en el extranjero
    • Impuesto sobre hidrocarburos
  • 07-04-2021 Desde el 7 de abril hasta el 30 de junio
    • Renta y Patrimonio
  • 20-04-2021 Hasta el 20 de abril
    • Renta y Sociedades
    • IVA
    • Impuesto sobre las Primas de Seguros
    • Impuestos Especiales de Fabricación
    • Impuesto Especial sobre la Electricidad
    • Impuestos Medioambientales
    • Impuesto Especial sobre el Carbón
    • Impuesto sobre las Transacciones Financieras
  • 30-04-2021 Hasta el 30 de abril
    • IVA
    • Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos
    • Número de Identificación Fiscal
    • Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales
  • 06-05-2021 Desde el 6 de mayo al 30 de junio

    Presentación por teléfono de la declaración de Renta 2020

  • 20-05-2021 Hasta el 20 de mayo
    • Renta y Sociedades
    • IVA
      Impuesto sobre las Primas de Seguros
    • Impuestos Especiales de Fabricación
    • Impuesto Especial sobre la Electricidad
    • Impuestos Medioambientales
    • Impuesto sobre las Transacciones Financieras
  • 31-05-2021 Hasta el 31 de mayo
    • IVA
    • Declaración anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua
    • Declaración anual de cuentas financieras de determinadas personas estadounidenses
  • 02-06-2021 Desde el 2 de junio al 30 de junio

    Presentación en las oficinas de la Agencia Tributaria de la declaración de Renta 2020

  • 21-06-2021 Hasta el 21 de junio
    • Renta y Sociedades
    • IVA
    • Impuesto sobre las Primas de Seguros
    • Impuestos Especiales de Fabricación
    • Impuesto Especial sobre la Electricidad
    • Impuestos Medioambientales
    • Impuesto sobre las Transacciones Financieras
  • 25-06-2021Hasta el 25 de junio
    • Renta y Patrimonio
  • 30-06-2021 Hasta el 30 de junio
    • Renta y Patrimonio
    • IVA
    • Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del Régimen Económico y Fiscal de Canarias y otras ayudas de Estado por contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o del Impuesto sobre la Renta de no Residentes sin establecimiento permanente
  • 20-07-2021 Hasta el 20 de julio
    • Renta y Sociedades
    • IVA
    • Impuesto sobre las Primas de Seguros
    • Impuestos Especiales de Fabricación
    • Impuesto Especial sobre la Electricidad
    • Impuestos Medioambientales
    • Impuesto Especial sobre el Carbón
    • Impuesto sobre las Transacciones Financieras
  • 26-07-2021 Hasta el 26 de julio
    • Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de No Residentes (Establecimientos Permanentes y Entidades en Atribución de Rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español)
    • Declaración de prestación patrimonial por conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible frente a la Administración tributaria
    • Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del Régimen Económico y Fiscal de Canarias y otras ayudas de Estado por contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes y entidades en atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español).
  • 30-07-2021 Hasta el 30 de julio
    • IVA
  • 02-08-2021 Hasta el 2 de agosto
    • Número de Identificación Fiscal
    • Impuesto sobre Depósitos en las Entidades de Crédito
    • Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos
    • Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales
  • 20-08-2021  Hasta el 20 de agosto
    • Renta y Sociedades
    • IVA
    • Impuestos Especiales de Fabricación
    • Impuesto Especial sobre la Electricidad
    • Impuesto sobre las Transacciones Financieras
  • 30-08-2021 Hasta el 30 de agosto
    • IVA
  • 20-09-2021  Hasta el 20 de septiembre
    • Renta y Sociedades
    • IVA
    • Impuesto sobre las Primas de Seguros
    • Impuestos Especiales de Fabricación
    • Impuesto Especial sobre la Electricidad
    • Impuestos Medioambientales
    • Impuesto sobre las Transacciones Financieras
  • 30-09-2021 Hasta el 30 de septiembre
    • IVA
  • 20-10-2021 Hasta el 20 de octubre
    • Renta y Sociedades
    • IVA
    • Impuesto sobre las Primas de Seguros
    • Impuestos Especiales de Fabricación
    • Impuesto Especial sobre la Electricidad
    • Impuestos Medioambientales
    • Impuesto Especial sobre el Carbón
    • Impuesto sobre las Transacciones Financieras
  • 02-11-2021  Hasta el 2 de noviembre
    • IVA
    • Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos
    • Número de Identificación Fiscal
    • Declaración informativa de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables
    • Cuenta Corriente Tributaria
  • 05-11-2021 Hasta el 5 de noviembre
    • Renta
  • 22-11-2021  Hasta el 22 de noviembre
    • Renta y Sociedades
    • IVA
    • Impuesto sobre las Primas de Seguros
    • Impuestos Especiales de Fabricación
    • Impuesto Especial sobre la Electricidad
    • Impuestos Medioambientales
    • Impuesto sobre las Transacciones Financieras
  • 30-11-2021  Hasta el 30 de noviembre
    • IVA
    • Declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales.
    • Impuestos Medioambientales
  • 20-12-2021  Hasta el 20 de diciembre
    • Renta y Sociedades
    • IVA
    • Impuesto sobre las Primas de Seguros
    • Impuestos Especiales de Fabricación
    • Impuesto Especial sobre la Electricidad
    • Impuestos Medioambientales
    • Impuesto sobre las Transacciones Financieras
  • 30-12-2021  Hasta el 30 de diciembre
    • IVA
  • 31-12-2021  Hasta el 31 de diciembre
    • Renta
    • IVA

 

La condena en costas en procedimientos sobre clausulas abusivas

El Tribunal Supremo Sienta Jurisprudencia Sobre La Condena En Costas En Procedimientos Sobre Clausulas Abusivas

Nuestro Tribunal Supremo en sentencia de 17/09/2020 dictada por la Sala de lo Civil en Pleno, ha sentado jurisprudencia sobre la condena en costas en procedimientos sobre clausulas abusivas, siguiendo el criterio de otra sentencia anterior de fecha 4/07/2017, así como por el Tribunal Justicia de la Unión Europea en sentencia de 16/07/2020, estableciendo que en este tipo de procedimientos sobre cláusulas abusivas si la sentencia es estimada íntegramente a favor del consumidor, sí o sí las costas de abogados y procurador deben ser asumidas por el banco.

Se trataba de un procedimiento donde se solicitaba la nulidad de determinadas cláusulas de una hipoteca multidivisa, sentencia que en primera instancia fue desestimada, siendo recurrida en apelación y la Audiencia Provincial de Madrid sí estimó el recurso, pero interpretó que no cabía condena en costas al banco al existir serias dudas sobre la normativa aplicable a los préstamos de hipotecas multidivisas.

Los consumidores volvieron a recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo, resolviendo este que aunque el caso presente serias dudas de hecho o de derecho, el consumidor nunca debe asumir el coste de su abogado y procurador, siempre y cuando la sentencia sea estimada, como es el caso que nos ocupa.

El Tribunal Supremo entiende que en este tipo de casos con sentencia estimatoria a favor de los consumidores, si pese a ganar el juicio tuvieran que asumir el coste de su defensa y representación, podría tener un efecto disuasorio entre los consumidores, de tal forma que muchos se pensarían si iniciar o no un procedimiento judicial en defensa de sus derechos.

En definitiva, en lo sucesivo en procedimientos sobre cláusulas bancarias abusivas, siempre que haya estimación de la demanda a favor del consumidor, siempre, en aplicación de esta doctrina, la entidad bancaria será condenada a abonar las costas (honorarios de abogado y procurador del consumidor).

En Forislex, nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, le resolverán cuestión relativa a este asunto, no dude en consultarnos en informacion@forislex.com o bien solicitando cita previa.

Reclamación Hipoteca Multidivisa

LA RECLAMACIÓN DE LA HIPOTECA MULTIDIVISA

Son muchas las consultas que venimos atendiendo sobre la reclamación de las hipoteca multidivisa, y por esto vamos a sintetizar qué es y sus perjuicios y que beneficios se pueden obtener de la recolamación.

¿Qué es una hipoteca multidivisa?

Es el préstamo con garantía hipotecaria e interés variable, donde la moneda de referencia y pago de las cuotas mensuales no es el Euro, sino otra moneda extranjera (yen japonés o francos suizos), y en el que índice de referencia sobre el que se aplica el diferencial sobre el que determinar el interés variable, no es el Euribor, sino el Libor (tasa de interés interbancaria del mercado de Londres).

Este tipo de préstamo fue ofertado antes del estallido de la crisis económica del 2008, justo cuando el Euribor no paraba de subir, y las entidades bancarias predicaban las bondades de tipo de hipotecas, amparándose en que era mucho más baratas económicamente que las formalizadas en Euros.

Si bien, las entidades bancarias silenciaron todos sus defectos y sus desagradables consecuencias.

¿Qué perjuicios me supone tener una hipoteca multidivisa?

Pues que estará pagando o habrá pagado intereses mucho mayores respecto de una hipoteca referenciada en Euros y en el Euribor, y tendrá con tota seguridad un capital pendiente de amortizar mucho mayor, del que le correspondiera si la hipoteca estuviera en Euros.

¿Por qué los Tribunales consideran nulas este tipo de hipotecas?

Ojo, hay que analizar y estudiar caso por caso, puesto que no la totalidad de ellas serán nulas, pero sí la mayoría.

Hasta la fecha tanto la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, como nuestro Tribunal Supremo han considerado la nulidad parcial de las mismas, siempre que se den las siguientes condiciones:

  • Préstamo formalizado por una persona física, no empresa.
  • Préstamo solicitado sobre su vivienda.
  • Que tenga la consideración de consumidor.
  • Que no se le haya entregado ninguna información precontractual sobre las condiciones, características y consecuencias de este tipo de préstamo.
  • En consecuencia, que haya falta de trasparencia por la entidad bancaria sobre las condiciones del préstamo multidivisa, siendo sus cláusulas abusivas.

¿Qué beneficios puedo obtener de la reclamación judicial del préstamo multidivisa?

  1. Podrá recuperar el exceso de intereses abonados, al pasar la hipoteca a Euros.
  2. El capital a amortizar se actualizará desde su inicio en Euros, y con total seguridad, conseguirá reducir el capital pendiente de amortizar en varios miles de euros.
  3. Los honorarios y costes del procedimiento: abogado, procurador y perito económico, serán abonados por el banco en caso de condena en costas al mismo.

Si usted posee una hipoteca multidivisa y desea reclamar, no dude en contactar con nuestros abogados especialistas en clausulas suelo e hipotecas en Madrid Norte. Podemos ayudarle y ofrecemos primera cita gratuita con nuestros abogados expertos en hipotecas. Consúltenos también por email información@forislex.com,   rellenando el formulario de contacto o en nuestro teléfono 914510147.