Pact Internacional de los Derechos Civiles y Políticos

La presunción de inocencia

En la gran mayoría de los países occidentales, existe el principio legal de la presunción de inocencia. Este principio establece que una persona acusada de un delito se considera inocente hasta que se demuestre su culpabilidad más allá de una duda razonable. Esta idea se remonta a los principios del derecho romano y se ha convertido en un elemento fundamental de los sistemas legales de los países occidentales


La presunción de inocencia implica que la carga de la prueba recae en la acusación. Es decir, corresponde al acusador demostrar la culpabilidad del acusado presentando pruebas sólidas y convincentes. Además, esta presunción garantiza que cualquier duda razonable sobre la culpabilidad del acusado debe beneficiar al acusado, absolviéndole, evitando así condenas injustas.

La presunción de inocencia se basa en el principio fundamental de que es preferible dejar en libertad a un culpable que condenar a un inocente. Este principio se encuentra consagrado en numerosos instrumentos legales internacionales, como la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, los cuales establecen que toda persona acusada de un delito tiene derecho a ser considerada inocente hasta que se pruebe su culpabilidad de acuerdo con la ley.

La presunción de inocencia también está relacionada con otros derechos legales y procesales, como el derecho a un juicio justo, el derecho a la defensa, el derecho a un abogado y el derecho a no ser obligado a declarar contra uno mismo. Estos derechos trabajan en conjunto para asegurar que el acusado tenga todas las garantías necesarias para un proceso legal justo y equitativo.

Es importante destacar que la presunción de inocencia no significa que un acusado sea considerado completamente inocente en todos los aspectos de su vida. Más bien, se aplica específicamente en el ámbito legal y se refiere a la presunción de inocencia en relación con el delito específico por el cual se le acusa.

Este principio es fundamental para garantizar un juicio justo y proteger los derechos de las personas acusadas de delitos. Aunque puede haber variaciones en la forma en que se aplica en diferentes países, la presunción de inocencia es una piedra angular de los sistemas de justicia occidentales.

Primera escuela de Derecho

La primera escuela de derecho en América

La Real y Pontificia Universidad de México, también conocida como la Universidad de México o la Universidad de la Nueva España, fue la primera institución de educación superior establecida en América. Fue fundada el 21 de septiembre de 1551, aunque las clases comenzaron en 1553.

La universidad fue creada por una cédula real emitida por el rey Carlos I de España, y recibió el reconocimiento papal como institución pontificia. Su objetivo principal era proporcionar educación en diversas disciplinas, incluyendo derecho, teología, medicina y artes.

En cuanto al estudio del derecho, la universidad ofreció cursos de derecho canónico y derecho civil. Estos cursos sentaron las bases para la formación de profesionales legales en América. La enseñanza del derecho civil se basaba principalmente en las leyes romanas y las obras de juristas clásicos como Justiniano y Bartolus de Saxoferrato.

La Universidad de México se convirtió en un importante centro de aprendizaje en el continente americano y atrajo a estudiantes de toda la región. Muchos de sus graduados desempeñaron roles destacados en la administración colonial y en el desarrollo de los sistemas legales de sus respectivos países.

En 1910, la universidad fue renombrada como la Universidad Nacional de México y posteriormente se convirtió en la actual Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), una de las instituciones educativas más prestigiosas de América Latina.

La fundación de la Real y Pontificia Universidad de México marcó un hito importante en la historia de la educación superior en América, al establecer un modelo para la creación de futuras universidades y contribuir al desarrollo del pensamiento jurídico en el continente.

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Cocrección Horaria, abogados laboral Madrid Norte

La Reclamación Judicial por concreción horaria por conciliación familiar y laboral

Como continuación de nuestro artículo anterior donde comentábamos la situación de LA CONCRECION HORARIA POR CONCILIACION FAMILIAR Y LABORAL: DUDAS Y RESPUESTAS, e incluíamos una carta tipo de SOLICITUD CONCRECION HORARIA, en nuestro artículo de hoy afrontaremos qué hacer ante la negativa de la empresa a conceder al trabajador la concreción horaria solicitada.

De antemano aclarar que en este caso, no es necesario presentar conciliación administrativa previa ante el SMAC, sino que directamente ante la negativa empresarial, tendríamos que interponer demanda ante los Juzgados de lo Social.

La demanda debe dirigirse no sólo contra la empresa, sino contra otros trabajadores que pudieran estar disfrutando del horario solicitado por la demandante, en el plazo de 20 días hábiles desde la negativa empresarial.

En la demanda el trabajador solicitante de la concreción horaria, podría solicitar indemnización adicional de daños y perjuicios contra la empresa, argumentando y cuantificando los motivos de la misma, y la existencia de daños reales.

Al juicio ambas partes, empresa y trabajador, deben llevar propuestas alternativas a su petición inicial, en aras a alcanzar un acuerdo.

El trabajador solicitante deberá probar en juicio las circunstancias familiares y personales que aconsejan la concreción horaria solicitada, y por su parte, la empresa ha de probar las causas organizativas o de producción o de funcionamiento interno de la empresa que le impiden aceptar la concreción horaria solicitada.

El procedimiento judicial conforme establece la ley es muy rápido, y la sentencia que se dicte, no tendrá recurso, salvo que incluya indemnización de daños y perjuicios y su importe supere los 3.000 €.

El juez a la hora de dictar sentencia ponderará cuál es el interés más necesitado de protección, otorgando o denegando la concreción solicitada.

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Las primeras leyes escritas

Las leyes sumerias, uno de los ejemplos más tempranos y completos de un sistema legal escrito

Las leyes sumerias son consideradas uno de los primeros sistemas de leyes escritas conocidos en la historia de la humanidad, pero no se puede afirmar categóricamente que sean el primer hito de legislación. Es posible que hayan existido sistemas de leyes más antiguos que no han sobrevivido hasta nuestros días.

Sin embargo, lo que es cierto es que las leyes sumerias son uno de los ejemplos más tempranos y más completos de un sistema legal escrito. Estas leyes fueron desarrolladas en la ciudad-estado de Sumer en la Mesopotamia, aproximadamente en el tercer milenio a.C.

Las leyes sumerias cubrían una amplia gama de temas, desde la propiedad y el comercio hasta el matrimonio y el divorcio. Las leyes establecían una jerarquía legal y un sistema de justicia, y se basaban en la idea de que los individuos y las comunidades debían ser responsables de sus acciones y debían compensar a aquellos a los que habían causado daño.

Las leyes sumerias se basaban en una idea fundamental de justicia, que consistía en proporcionar una compensación justa por cualquier daño causado a otra persona. Por ejemplo, si alguien mataba a otra persona, debía pagar una compensación a la familia de la víctima. Si alguien dañaba la propiedad de otra persona, debía repararla o pagar una compensación equivalente.

Aunque no podemos afirmar con certeza que las leyes sumerias sean el primer hito de legislación, sí son uno de los ejemplos más tempranos y más importantes de un sistema legal escrito en la historia de la humanidad.

La concreción horaria por Conciliación Familiar

La concreción horaria por Conciliación Familiar: dudas y respuestas

La adaptación de la jornada laboral y su concreción horaria, es un derecho de cualquier trabajador (hombre o mujer), que tenga a un hijo menor de 12 años. 

Ya vimos en otro artículo anterior LA REDUCCION DE JORNADA POR CUIDADO DE HIJOS O FAMILIARES , cómo en el supuesto de progenitores trabajadores que tengan hijos menores de 12 años, o un familiares (hasta segundo grado) que no puedan valerse por sí mismos, o discapacitado que no trabaje, o futuros adoptados con tratamientos médicos con riesgo de hospitalización, la posibilidad del trabajador de solicitar la reducción de su jornada de trabajo. 

No obstante, hoy abordaremos el derecho a la conciliación familiar y laboral sin reducción de jornada. 

¿En qué consiste el derecho de concreción horaria de un trabajador?

En su derecho a solicitar del empresario al objeto de poder conciliar su vida laboral y familiar, la determinación de su jornada laboral, hasta que sus hijos cumplan la edad de 12 años, por necesitarlo para recoger o llevar a sus hijos al colegio, a actividades extraescolares, etc, etc. 

¿La carta de solicitud de concreción horaria ha de tener algún requisito legal?

La carta ha de expresar el horario que se solicita, el motivo de la concreción horaria, y la fecha en que se desea su concesión. Si deseas puedes ver un modelo de la citada.

¿Es obligatorio para la empresa aceptar la concreción horaria solicitada por el trabajador?

En absoluto, porque la empresa tiene derecho a denegar la petición del trabajador, si operan causas organizativas o de producción que lo justifican. 

En definitiva, se trata de un derecho del trabajador, que no es de obligatorio cumplimiento por la empresa, si así lo justifica. 

¿Qué ocurre si la empresa no contesta a la solicitud de concreción horaria?

Que se entenderá una respuesta negativa. La ley establece que en el plazo máximo de un mes, se abre un periodo de negociación entre las partes, si la empresa no contesta, deberá en su caso la trabajadora acudir a los Juzgados laborales para reclamar su derecho. 

En FORISLEX Abogados le resolveremos cualquier cuestión relativa a este asunto, no dudes en consultarnos en informacion@forislex.com o bien solicitando cita previa.

Modelo de solicitud concreción horaria por cuidado hijo

La adaptación de la jornada laboral y su concreción horaria, es un derecho de cualquier trabajador (hombre o mujer), que tenga a un hijo menor de 12 años. Este artículo os dejamos el modelo de solicitud de concreción horaria por cuidado de hijo y el documento descargable.

MODELO DE DOCUMENTO

NOMBRE TRABAJADOR/A

DNI

NOMBRE EMPRESA

DIRECCION

Fecha…………….

Muy Sr. mío: 

Mediante la presente viene esta parte a SOLICITAR al amparo de lo establecido en el art. 34.8 del Estatuto de los Trabajadores, mi derecho a la ADAPTACION DE LA JORNADA DE TRABAJO PARA LA CONCILIACION DE LA VIDA LABORAL Y FAMILIAR, al tener un hijo menor de 12 años. 

El motivo de la citada solicitud es que mi horario actual me impide atender debidamente a mi hijo, puesto que su horario de entrada (o salida) del cole, es incompatible con mi horario actual…….(u otros motivos semejantes).

Por dicho motivo, solicito la adaptación de mi horario laboral desde las ………..horas, hasta las horas, de Lunes a Viernes. 

Quedo a la espera de su conformidad. 

Sin otro particular, les ruego firmen copia de la recepción de la presente.

Recibí Fdo: TRABAJADOR/A 

LA EMPRESA

DESCARGAR DOCUMENTO

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Curiosidades sobre Derecho Laboral en España

Curiosidades sobre Derecho Laboral en España

En España es que el 1 de mayo se celebra el día del trabajo en conmemoración de los avances sociales obtenidos por los trabajadores a finales del siglo XIX. Esta festividad tiene su origen en EE. UU., cuando los trabajadores reclamaban “ocho horas de trabajo, ocho horas de descanso y ocho horas de ocio”. En 1868 el presidente Andrew Johnson aprobó la Ley Ingersoll donde se regulaba la jornada máxima de 8 horas de trabajo para los empleados de oficinas laborales y de obras públicas, pero no para los trabajadores de las fábricas.

El 14 de marzo de 1980 era aprobado y publicado en el Boletín Oficial del Estado el Estatuto de los Trabajadores, que establece una nueva regulación de la relación laboral entre empleadores y empleados.

El Estatuto de los Trabajadores es el texto legal que regula las relaciones laborales en España. Desde su aprobación ha sufrido varias modificaciones. Actualmente, el texto vigente es el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

En nuestro país, en los últimos años ha habido varios hitos y avances en la legislación laboral. Algunos de los más importantes incluyen el desarrollo de políticas de igualdad y no discriminación, la evolución y desarrollo de la seguridad social, la creación del Estatuto del Trabajo Autónomo, la protección de la intimidad digital para los trabajadores, el auge de la prevención de riesgos laborales y la importancia de la Ley Reguladora de Jurisdicción Social.

Entre los hitos más importantes que recoge el estatuto se encuentran la jornada laboral de cuarenta horas semanales y el derecho del trabajador a descansar al menos un día y medio por semana.

Los trabajadores en España tienen numerosos derechos que están regulados principalmente en el artículo 4 del Estatuto de los Trabajadores. Algunos de los derechos básicos incluyen el derecho a trabajar y elegir con libertad su profesión u oficio, sindicarse libremente, negociación colectiva, adoptar medidas de conflicto colectivo, hacer huelga y reunirse.

Además, en la relación de trabajo, los trabajadores tienen derecho a la ocupación efectiva, a la promoción y formación profesional en el trabajo, a no ser discriminados directa o indirectamente por razones de sexo, estado civil, edad, origen racial o étnico, condición social, religión o convicciones, ideas políticas, orientación sexual, afiliación o no a un sindicato o por razón de lengua dentro del Estado español. También tienen derecho a no ser discriminados por razón de discapacidad siempre que se hallen en condiciones de aptitud para desempeñar el trabajo o empleo de que se trate.

En FORISLEX somos Abogados especialistas en Derecho Laboral y despidos, si tiene cualquier problema podermos resolverle cualquier cuestión relativa a este asunto, no dude en consultarnos en informacion@forislex.como bien solicitando cita previa.

enervar la acción de desahucio

La enervación en el proceso de deshaucio

En el marco del juicio de desahucio, nos referimos a la enervación como la acción que tiene el inquilino para evitar la resolución del contrato de arrendamiento mediante el pago de las cantidades adeudadas. Tal y como recoge el artículo 22.4 Ley de Enjuiciamiento Civil.

Cuando arrendamos un local, nos podemos encontrar ante el supuesto que por un motivo u otro, el inquilino en algún momento deje de pagar la renta pactada. En estos supuestos y cuando no cabe posibilidad de acuerdo entre las partes, el propietario del inmueble se ve en la obligación de reclamar judicialmente tanto la resolución del contrato como las cantidades que se le adeudan por la renta impagada

En este contexto y una vez presentada la demanda, el inquilino tendrá la posibilidad de finalizar el procedimiento de desahucio procediendo a la consignación o pago de las cantidades adeudadas. Evitando así que se produzca el desahucio y pudiendo continuar con el contrato de arrendamiento. Coloquialmente podríamos decir que la enervación es la última oportunidad que tiene el inquilino para pagar la renta y continuar con el contrato de alquiler.
Ahora bien, esta posibilidad de enervación no siempre se da, ya que si el arrendador hubiera requerido al inquilino con al menos 30 días de preaviso a la interposición de la demanda, y el inquilino no hubiese procedido a la regularización de la situación, no existirá derecho de enervación.
Estas son algunas de las principales diferencias a tener en cuenta entre ambos tipos de contratos. En Forislex somos abogados especialistas en arrendamientos
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Esther Morris

Esther Morris, la primera mujer juez de la historia

La primera mujer juez de la historia fue Esther Morris, quien fue nombrada como jueza en South Pass City, Wyoming, Estados Unidos, en 1870. Morris había sido activista por los derechos de las mujeres y abogada antes de ser nombrada como jueza. Su nombramiento como jueza fue posible gracias a una ley aprobada por el Territorio de Wyoming que permitía a las mujeres votar y ocupar cargos públicos. Desde entonces, las mujeres han ido desempeñando cada vez más roles importantes en el sistema judicial en todo el mundo.

Esther Hobart Morris (Tioga, Nueva York, 8 de agosto de 1814 – 2 de abril de 1902), fue la primera mujer juez de paz de Estados Unidos.

La Junta de Comisionados del Condado de Sweetwater, nombró a Morris como juez de paz, tras el juez R.S.Barr, quien había renunciado en protesta por la aprobación del sufragio femenino en el territorio de Wyoming en diciembre de 1869.

Arrendamiento de industria y arrendamiento de local de negocio

Arrendamiento de industria y el arrendamiento de local de negocio.

El arrendamiento de industria y local son dos figuras contractuales que permiten la explotación de inmuebles, pero que en la práctica tienen diferencias importantes que se deben de conocer.

Mientras que en el arrendamiento de industria, lo que se alquila es la unidad completa del negocio para continuar con la explotación del mismo, incluyendo la maquinaria o enseres necesarios para realizar la actividad. En el contrato de arrendamiento de local, únicamente arrienda el inmueble.

Lo que aparentemente puede no ser una gran diferencia, desde el punto de vista jurídico, tiene una gran importancia. Ambos contratos se rigen por la voluntad de las partes y los acuerdos alcanzados, pero mientras que en el contrato de arrendamiento de industria la normativa supletoria a aplicar es el Código Civil, en el arrendamiento de local de negocio, la normativa supletoria será la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Esta distinta regulación supone diferencias en distintos ámbitos. Así a la finalización de un contrato, los plazos y prórrogas a tener en cuenta son distintas. Mientras que en el supuesto de arrendamiento de industria el contrato se prorroga si pasan 15 días desde su vencimiento y en arrendador no manifiesta su oposición (tácita reconducción), en el contrato de alquiler de negocio se prorrogará si no existe un preaviso de al menos un mes.

Otra de las importantes diferencias se produce ante la falta de pago del inquilino. Mientras que en el contrato de arrendamiento de local negocio el inquilino puede enervar la acción de desahucio, en el contrato de arrendamiento de industria no existe esa posibilidad.

Igualmente el procedimiento establecido en la Ley de Arrendamientos Urbanos para el supuesto de impago, es el de juicio especial de desahucio. Este tipo de procedimiento no sería aplicable para el supuesto de que el impago se produjese en un contrato de arrendamiento de industria, donde tendríamos que acudir al procedimiento ordinario según cuantía.

Estas son algunas de las principales diferencias a tener en cuenta entre ambos tipos de contratos. En Forislex somos abogados especialistas en derecho civil y de contratos.
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