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trabajador de baja médica

Sentencia del Tribunal Supremo sobre las fotos de un trabajador de baja médica en su jardín

Como ya advertimos en nuestro artículo Derechos y obligaciones durante la incapacidad temporal, el trabajador en situación de baja médica, ha de guardar reposo, y realizar actividades que no perjudiquen su salud. 

Por el contrario, cualquier situación de simulación de enfermedad, o no guardar las prescripciones médicas de reposo, pueden ser constitutivas de sanción disciplinaria. 

En el presente caso, el Tribunal Supremo en sentencia de fecha 25/05/2023, ha establecido el despido improcedente de un trabajador que estando en situación de baja médica por cervicalgia, y realizando trabajos en el jardín de su casa, fue despedido disciplinariamente, utilizando la empresa como prueba las fotos e informe de un detective privado. 

En concreto, las fotos fueron tomadas durante 7 días desde fuera del domicilio del trabajador, y donde se observaba al mismo en su jardín realizando tareas en el huerto de su casa, pintando un tejado, ejecutando un muro de ladrillos, recogiendo escombros, y para ello se agachaba, cogía peso, realizaba posturas forzadas, etc., etc. 

A priori es evidente que estos hechos son contrarios al deber del trabajador de guardar reposo, y podrían ser objeto de sanción disciplinaria como el despido, por simulación de enfermedad, y/o dificultad en su proceso de sanación. 

El problema es que la única prueba de la empresa es el informe pericial de un detective, que realizó fotos del trabajador mientras éste estaba en el jardín de su casa, considerando el Tribunal que las mismas son ilícitas al invadir su derecho a la intimidad. 

Para el Tribunal Supremo se ha infringido su derecho a la intimidad, al tratarse “su domicilio” de un ámbito donde se ejerce la vida íntima, personal y familiar del trabajador, considerando el jardín: 

“…de un espacio en el que el trabajador tiene una expectativa legítima de privacidad”

Fundamentando el Tribunal que la Ley de Seguridad Privada, permite expresamente que los detectives privados realicen averiguaciones para obtener y aportar, por cuenta de terceros legitimados, pruebas sobre la vida personal, familiar o social, pero excluye expresamente “la que se desarrolle en los domicilios o lugares reservados”

En definitiva, al considerar dicha prueba como ilícita y nula, considera el despido disciplinario del trabajador como improcedente, haciendo prevalecer el derecho a la intimidad del trabajador, frente a su supuesta negligencia o simulación en su proceso de enfermedad. 

Si se encuentra en una situación similar o necesita asesoramiento sobre sus derechos y obligaciones durante una baja médica, nuestros abogados expertos en derecho laboral en Madrid están a su disposición. Contáctenos y reciba el mejor respaldo legal para proteger sus derechos. ¡Estaremos encantados de ayudarle!

En FORISLEX Abogados en Madrid Norte le resolveremos cualquier cuestión relativa a este asunto, no dude en consultarnos en informacion@forislex.como bien solicitando cita previa.

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