Ya hablamos sobre los Requisitos del Despido Disciplinario en el artículo en el artículo que explicamos cuáles son las causas y motivos para el despido disciplinario del trabajador: Motivos para el despido disciplinario del trabajador. Ahora examinaremos cuáles son los requisitos establecidos en la ley y en la jurisprudencia para que formalmente el despido sea considerado válido.
“El despido deberá ser notificado por escrito al trabajador, haciendo figurar los hechos que lo motivan y la fecha en que tendrá efectos.
Por convenio colectivo podrán establecerse otras exigencias formales para el despido.
Cuando el trabajador fuera representante legal de los trabajadores o delegado sindical procederá la apertura de expediente contradictorio, en el que serán oídos, además del interesado, los restantes miembros de la representación a que perteneciere, si los hubiese”
Art. 55 del Estatuto de los Trabajadores
Requisitos formaes de un despido disciplinario
De conformidad con lo que establece la ley y el criterio del Tribunal Supremo al respecto, para que un despido disciplinario cumpla con los requisitos formales necesarios, es preciso lo siguiente:
- El despido ha de efectuarse mediante entrega de carta de despido al trabajador
- En la carta de despido debe constar la fecha de efectos del despido
- En la carta han de reflejarse los hechos y causas que motivan el despido del trabajador.
- La jurisprudencia exige que el trabajador tenga un conocimiento claro, suficiente e inequívoco de los hechos que provocan su despido, con detalle en su caso de cuándo se cometieron los hechos, en qué lugar, en presencia de qué testigos, qué personas están afectadas por esos hechos, y cuál es el perjuicio en su caso causado a la empresa.
- La obligación de apertura de expediente contradictorio, o posibilidad de que el trabajador pueda formular alegaciones antes de su despido, era originariamente un derecho sólo para los trabajadores que eran delegados sindicales o representantes legales de los trabajadores, pero desde Sentencia del Pleno del Tribunal Supremo nº 1250/2024, dicha obligación es aplicable a todos los trabajadores, sean representantes legales o no.
La consecuencia del incumplimiento de alguno de estos requisitos formales, determinará que sólo por este motivo el despido sea declarado improcedente.
Si se han cumplido estos requisitos formales, el siguiente paso a cargo del empresario de cara a obtener un pronunciamiento judicial favorable, sería probar y acreditar en sede judicial que las faltas y hechos imputados en la carta de despido, son lo suficientemente graves y culpables como para declarar el despido disciplinario del trabajador como procedente, es decir, sin indemnización alguna a cargo de la empresa.
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