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Trabajadora en periodo de prueba

Periodo de Prueba en la relación laboral Dudas y Respuestas. PARTE I

En este primer capítulo le ofrecemos una guía breve y práctica para resolver las dudas más habituales sobre el periodo de prueba: qué derechos tiene cada parte, cómo actuar y cómo comunicar su finalización correctamente. Perfecto si busca respuestas rápidas y aplicables sin tecnicismos.

¿Qué es el periodo de prueba?

Es el periodo de tiempo en el que tanto la empresa como el trabajador, pueden libremente extinguir la relación laboral sin que sea necesario un preaviso, ni haya que justificar o motivar los motivos de ello. 

El objeto del periodo de prueba por parte de la empresa es evaluar si el trabajador es idóneo para ese puesto de trabajo; y para el trabajador, si le convence ese trabajo, y la dinámica de la empresa. 

¿Cuál es la duración del periodo de prueba?

Su duración viene establecida en la ley, pudiendo el Convenio Colectivo de aplicación establecer otros plazos: 

  1. 6 meses para los técnicos titulados
  2. 2 meses para el resto de trabajadores, y un máximo de 3 meses en empresas de menos de 25 trabajadores. 
  3. En el caso de contratos temporales con duración de 6 meses, el periodo de prueba no puede ser superior a 1 mes
  4. En el contrato formativo no cabe periodo de prueba
  5. En el contrato de prácticas sí cabe, pero su duración máxima de 1 mes

¿Qué requisitos debe de tener el periodo de prueba para su validez?

  • Debe tratarse de un pacto expreso formalizado por escrito por ambas partes
  • Ha de establecerse al inicio de la relación laboral
  • No puede superar la duración establecida en la ley ó Convenio Colectivo
  • No cabe periodo de prueba si el trabajador ha realizado las mismas funciones en esa misma empresa con un contrato anterior
  • La denuncia del periodo de prueba de la empresa estando el trabajador en situación de incapacidad temporal puede devenir en un despido nulo 
  • La denuncia del periodo de prueba de la empresa previa comunicación de embarazo de la trabajadora, o su maternidad, puede devenir en un despido nulo 

¿Cómo comunicar la finalización del contrato en periodo de prueba?

Tanto el trabajador como el empresario, si durante el periodo de prueba quieren dar por terminada la relación laboral, deberán presentar escrito a la otra parte indicando la fecha en que desean dar por finalizada la relación laboral por no superación del periodo de prueba. 

¿Cabe interrumpir la duración del periodo de prueba?

Sí, las partes pueden pactar que en caso de incapacidad temporal del trabajador, huelga, adopción, nacimiento de hijo, o cualquier otra circunstancia excepcional, que durante dichas incidencias se pueda suspender el plazo del periodo de prueba. 

¿Tienes dudas sobre un periodo de prueba o necesita revisar la comunicación de finalización?

En FORISLEX somos abogados especialistas en derecho laboral, si tienes alguna duda sobre la materia nuestro abogado laboralista en Madrid puede abordar tu caso, consúltanos por email información@forislex.com, o bien solicitando cita previa. 

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