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Carta de sanción

Motivos para impugnar una carta de sanción disciplinaria

Si ha recibido una carta de sanción disciplinaria, es clave actuar con rapidez y método. La empresa puede sancionar, pero solo si respeta los requisitos formales (detalle de los hechos, tipificación conforme al convenio, proporcionalidad y fecha de efectos) y los plazos de prescripción. Cuando cualquiera de estos elementos falla, la sanción puede impugnarse y ser anulada por los juzgados.
En este artículo le explicamos, de forma clara y práctica, qué debe incluir una carta de sanción válida, cuáles son los plazos para recurrir y qué pasos seguir para preparar su defensa (pruebas, testigos, documentación).

¿Qué requisitos ha de cumplir la carta de sancion?

1. Detalle de los hechos objeto de la sancion:

La empresa debe detallar y motivar las causas de la sanción: cuándo se cometieron los hechos (sin que los mismos estén prescritos), dónde se cometieron, qué perjuicio le ha supuesto a la empresa, qué testigos presenciaron los hechos, etc., etc.

2. Tipificación y calificación de la falta:

La empresa debe tipificar conforme el régimen disciplinario que tenga el Convenio Colectivo de aplicación qué falta se ha cometido, y calificar la misma como leve, grave o muy grave; así detallarlo en la carta de sanción.

3. Ponderación de la sancion:

La empresa en base a la falta laboral disciplinaria del trabajador, tiene la obligación de ponderar la misma, e imponer la sanción apropiada a dicha falta. La imposición de una sanción desproporcionada, determinaría que un juez declarase que no es conforme a derecho.

4. Fecha de efectos:

La carta de sanción ha de expresar la fecha de efectos de la sanción, o fecha de cumplimiento de la misma.

¿Qué puedo hacer para defenderme?

  • Examinar los requisitos formales: comprobar a través de tu abogado laboralista, si la carta cumple los requisitos de motivación suficiente, tipificación de la falta y calificación correcta, así como si la misma guarda la debida proporcionalidad entre la falta y la sanción impuesta.
  • Comprobar si la falta está o no prescrita: sabiendo que la ley establece el siguiente plazo de prescripción: faltas leves 20 días, faltas graves 30 días, y faltas muy graves 60 días, hasta un plazo máximo de 6 meses.
  • Impugnar la sanción en el plazo de 20 días: recomendamos lectura artículo La impugnación de sanciones disciplinarias en el ámbito laboral.
  • Reunir las pruebas documentales, testificales, etc., para en su caso presentarlas ante un Juzgado
  • En el caso de sanción de despido, formular en su caso las alegaciones en nuestra defensa. Se recomienda lectura del artículo Requisitos del despido disciplinario para su validez.

¿Qué sanciones puede imponer el empresario?

Dependiendo de su calificación, puede ser una mera amonestación por escrito, o una suspensión de empleo y sueldo (desde 1 día hasta 90 días), o el despido.
Recomendamos lectura de Sanciones del empresario prohibidas por la ley

¿Qué tipo de sanciones son ilegales?

Aquellas que afectan a la duración de vacaciones del trabajador, a la reducción de su salario, o la minoración de su descanso obligatorio.

En FORISLEX ABOGADOS somos especialistas en derecho laboral, si tiene alguna duda sobre la materia, consúltenos bien por email información@forislex.com, o bien solicitando cita previa.

Si necesita apoyo especializado, un abogado laboralista en Madrid puede revisar su caso, valorar la viabilidad del recurso y acompañarle en todo el proceso para proteger sus derechos.

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