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El Tribunal Supremo anula la decisión del empresario de suprimir las propinas

El Tribunal Supremo anula la decisión del empresario de suprimir las propinas

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo en su sentencia nº 635/2021, de 17 de junio, ha obligado a una empresa de restauración y hostelería a abolir la prohibición de la misma a que sus trabajadores recibieran propinas. 

Se trataba de una empresa con cinco cafeterías con un total de 110 trabajadores, que sorpresivamente en Noviembre 2018 comunicó a la plantilla que desde entonces ya no era posible el cobro de propinas, figurando desde entonces en los tickets de las cafeterías figura la frase “no se admiten propinas”, al mismo tiempo que se colocó un cartel en cada una de las cafeterías con el siguiente mensaje: 

“nuestra mejor recompensa es que usted vuelva a visitarnos, por eso no aceptamos propinas”

Recordemos que las propinas se trata de una donación o liberalidad abonada por el cliente que pretende recompensar el buen servicio ofrecido por ese trabajador que le ha atendido, tratándose de una percepción extrasalarial, y que era repartida a partes iguales entre los trabajadores con contrato indefinido. 

Dicha decisión fue impugnada por la representación legal de trabajadores siendo la misma desestimada por el TSJ de Asturias, sin embargo, el Tribunal Supremo viene a declarar nula dicha decisión empresarial al entender que debió la empresa seguir el procedimiento legal de modificación sustancial de condiciones laborales del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, al entender que la eliminación de las mismas supone un “cambio relevante”. 

Sobre el procedimiento legal de la modificación de las condiciones laborales ver nuestros artículos anteriores: “La modificación sustancial de las condiciones de trabajo, y la “Impugnación judicial de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo”.

En FORISLEX Abogados le resolveremos cualquier cuestión relativa a este asunto, no dude en consultarnos en informacion@forislex.com o bien solicitando cita previa.

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