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Abogados separaciones y divorcios en Madrid Norte

El Divorcio y el pago de la hipoteca de la vivienda: supuestos

El divorcio supone la ruptura del vínculo matrimonial, y el cese de la convivencia conyugal entre las partes, y dicho cese provoca la ruptura de todo el status quo creado entre los cónyuges hasta ese momento, y el inicio de sus vidas separadas.

Ahora bien, hay muchas cuestiones en lo relativo a los gatos que han de quedar solventadas y fijadas en el procedimiento de divorcio, bien sea éste contencioso o de mutuo acuerdo como explicamos en el artículo sobre  EL PAGO DE LOS GASTOS ORDINARIOS DE LA VIVIENDA EN UN DIVORCIO.

Ya analizamos hace tiempo el supuesto de la hipoteca de la vivienda adquirida por la sociedad de gananciales en un artículo anterior, que os invitamos a ver:  QUIEN DEBE PAGAR LA HIPOTECA DE LA VIVIENDA TRAS EL DIVORCIO MATRIMONIAL

Analizaremos en el día de hoy todos los supuestos de pago de la hipoteca en un divorcio:

¿Quién paga la hipoteca si la vivienda fue comprada por la sociedad de gananciales?

Si la vivienda se compró con carácter ganancial y la hipoteca fue suscrita al 50% entre los cónyuges, pues ha de ser abonada a partes iguales entre ellos, y ello con independencia de los ingresos por salarios que perciba cada uno de ellos

¿Si la vivienda fue adquirida de modo privativo por uno de los cónyuges?

Si la vivienda fue comprada por uno de los cónyuges de modo privativo antes del matrimonio, ha de ser abonada la hipoteca por él, al ser él el único que suscribió la hipoteca.

¿Si la vivienda fue comprada por los dos cónyuges antes del matrimonio?

Si la vivienda pertenece a ambos cónyuges al comprarla antes del matrimonio, la hipoteca deberá ser abonada por ambos al 50%.

¿Si la vivienda es sólo de un cónyuge, pero la hipoteca fue suscrita por los dos?

Si la vivienda aes propiedad de uno de los cónyuges, pero la hipoteca fue formalizada a por los dos, ambos deberán pagar la cuota hipotecaria por igual, con independencia de que uno de ellos sólo sea el propietario de la misma.

Aclarar que en caso de impago de la hipoteca de la vivienda, la entidad bancaria que oficializó el préstamo, reclamará al cónyuge o cónyuges que firmaron la hipoteca, con independencia de si el régimen económico del matrimonio es ganancial o de separación de bienes.

Otro asunto no exento de importancia es que la hipoteca según criterio del Tribunal Supremo de fecha 28/03/2011, no constituye una carga del matrimonio y como tal su pago habrá de dilucidarse en un procedimiento de liquidación de la sociedad de gananciales en su caso, pero no en el procedimiento de divorcio.

En Forislex Abogados en Madrid Norte ofrecemos nuestra amplia experiencia como abogados especializados en divorcios y separaciones en Madrid. Si desea más información sobre nuestros servicios en procesos de divorcios y separaciones, no dude en consultarnos en nuestro teléfono 914510147 ,mediante email informacion@forislex.com, donde le ofreceremos una solución legal a su problema.

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