FRANCOS RODRÍGUEZ 47

Local 1- Bajo - 28039 Madrid

91 451 01 47

L-V de 9:00 a 20:00

Uso de la vivienda familiar tras el divorcio

CONVIVENCIA DE UNA NUEVA PAREJA EN LA VIVIENDA FAMILIAR TRAS EL DIVORCIO

El uso y disfrute de de la vivienda familiar tras el divorcio puede plantear diferentes escenarios. Nuestros abogados especialistas en divorcios en Madrid ya nos han contado quien debe pagar la hipoteca de la vivienda tras el divorcio matrimonial.

La Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 20/11/2018 ha venido a resolver la discrepancia existente hasta la fecha sobre los efectos que tenía la convivencia del progenitor que tiene la guarda y custodia de los hijos, con una nueva pareja en el domicilio familiar adjudicado su uso y disfrute en el procedimiento de divorcio.

Hasta la fecha no era infrecuente que se sucedieran estos episodios, y el progenitor que no tenía la guarda y custodia ni el uso de la vivienda familiar, tuviera que seguir pagando la hipoteca de la citada vivienda al 50%, sin posibilidad de proceder a la liquidación de la sociedad de gananciales, a pesar de que en esa vivienda viviera la nueva pareja de su ex cónyuge.

Pues bien, conforme establece la citada sentencia

“La introducción de un tercero en la vivienda en manifiesta relación estable de pareja con la progenitora que se benefició del uso por habérsele asignado la custodia de los hijos, aspecto que se examina, cambia el estatus del domicilio familiar…

El derecho de uso de la vivienda familiar existe y deja de existir en función de las circunstancias que concurren en el caso. Se confiere y se mantiene en tanto que conserve este carácter familiar. La vivienda sobre la que se establece el uso no es otra que aquella en que la familia haya convivido como tal, con una voluntad de permanencia (sentencia 726/2013, de 19 de noviembre). En el presente caso, este carácter ha desaparecido, no porque la madre e hijos hayan dejado de vivir en ella, sino por la entrada de un tercero, dejando de servir a los fines del matrimonio. La introducción de una tercera persona hace perder a la vivienda su antigua naturaleza «por servir en su uso a una familia distinta y diferente»…”

En definitiva, el derecho de uso y disfrute de la vivienda familiar establecida en el procedimiento de divorcio no es inalterable en el tiempo, puesto que si entra a convivir en ese domicilio una nueva pareja del cónyuge que vive en ella, se rompe ese derecho de uso y disfrute extinguiéndose el mismo, facultando al otro cónyuge a poder solicitar la extinción de la sociedad de gananciales, y adjudicación y reparto de los bienes en común, incluido esa vivienda.

En Forislex Abogados en Madrid Norte ofrecemos nuestra amplia experiencia como abogados especializados en divorcios y separaciones. Si desea más información sobre nuestros servicios en procesos de divorcios y separaciones, no dude en consultarnos en nuestro teléfono 914510147 ,mediante email informacion@forislex.com, donde le ofreceremos una solución legal a su problema.

Solicite primera consulta gratuita con nuestros abogados especialistas en Divorcios en Madrid Norte


Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies
Scroll al inicio