Si te acaban de despedir, o simplemente quieres saber cuánto te correspondería en caso de extinción de tu contrato de trabajo, estás en el lugar adecuado. En este artículo te explicamos en detalle todos los tipos de despido que existen en España, qué indemnización corresponde a cada uno, cómo se calcula y, lo más importante, cómo puedes obtener el cálculo exacto de tu caso en cuestión de segundos con nuestra calculadora de indemnización por despido y finiquito.

¿Qué es la Indemnización por Despido?
La indemnización por despido es la cantidad económica que una empresa debe abonar a un trabajador cuando extingue su contrato de trabajo. No todos los tipos de extinción dan derecho a cobrar una indemnización: depende fundamentalmente de la causa que motive el fin de la relación laboral.
En España, las indemnizaciones por despido están reguladas principalmente por el Estatuto de los Trabajadores (ET), aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. La cuantía varía significativamente según el tipo de despido: desde cero euros en el despido disciplinario procedente hasta los 33 o incluso 45 días de salario por año trabajado en el despido improcedente.
Entender qué tipo de despido estás afrontando es el primer paso para saber si tienes derecho a indemnización y cuánto dinero puedes reclamar.
¿Cuándo Hay Derecho a Indemnización por Despido?
No toda extinción de contrato genera el derecho a cobrar una indemnización. En términos generales:
- Sí genera indemnización: el despido improcedente, el despido por causas objetivas, el despido colectivo (ERE), la extinción del contrato por voluntad del trabajador con causa justificada (Art. 50 ET), la finalización de ciertos contratos temporales, la modificación sustancial de condiciones de trabajo (Art. 41 ET) y la movilidad geográfica.
- No genera indemnización: la baja voluntaria sin causa justificada, el despido disciplinario declarado procedente y la no superación del período de prueba.
Si tienes dudas sobre si tu situación da derecho a indemnización, te recomendamos usar nuestra calculadora de indemnización por despido o consultar con un abogado laboralista.
Los 3 Factores que Determinan el Importe de tu Indemnización
Con independencia del tipo de despido, el cálculo de la indemnización siempre depende de tres variables fundamentales:
1. El tipo de despido: Es el factor más determinante. Según la causa de extinción del contrato, se aplican distintos módulos de cálculo (días por año trabajado y tope máximo en mensualidades).
2. La antigüedad en la empresa: Se calcula desde la fecha de alta en la empresa hasta la fecha de efectividad del despido. Cuanto más tiempo lleves trabajando, mayor será la indemnización.
3. El salario regulador: Se toma el salario bruto anual del trabajador, incluyendo todas las pagas extraordinarias, y se divide entre 365 para obtener el salario diario que sirve de base al cálculo. Hay que incluir conceptos como el salario base, los complementos salariales y las pagas extra.
La fórmula general es:
Indemnización = Salario diario × Días por año × Años trabajados
Pero los límites y los módulos cambian según el tipo de despido. A continuación te explicamos cada caso.
Tipos de Extinción de Contrato y su Indemnización
1. Despido Improcedente: La Indemnización más Alta
El despido improcedente es aquel en el que la empresa extingue el contrato sin causa justificada, o en el que el despedido impugna la decisión empresarial y el juzgado o la propia empresa reconoce que no había causa suficiente.
Es el tipo de despido que genera la indemnización más alta y el que más controversias genera en la práctica.
¿Cuánto corresponde por despido improcedente?
La indemnización por despido improcedente es de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
Sin embargo, hay que tener en cuenta la reforma laboral de 2012 (Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero), que introdujo un régimen transitorio muy importante:
- Para los contratos firmados antes del 12 de febrero de 2012, los años trabajados antes de esa fecha se calculan a 45 días por año, con un tope de 42 mensualidades para ese tramo.
- Para los contratos firmados a partir del 12 de febrero de 2012, o para los años trabajados después de esa fecha en contratos anteriores, se aplican 33 días por año, con un tope total de 24 mensualidades.
Esto significa que trabajadores con mucha antigüedad que firmaron su contrato antes de 2012 pueden tener indemnizaciones significativamente más elevadas, ya que se combina el cálculo a 45 días para el tramo anterior a la reforma y a 33 días para el posterior.
Ejemplo práctico
Un trabajador con 20 años de antigüedad (todos posteriores a 2012) y un salario bruto anual de 30.000 € (salario diario: 82,19 €):
82,19 € × 33 días × 20 años = 54.246 €
Si la indemnización supera las 24 mensualidades (2.500 €/mes × 24 = 60.000 €), se aplica el tope. En este caso, la indemnización sería de 54.246 € (no supera el tope).
Para calcular tu caso concreto de forma automática, utiliza nuestra calculadora de indemnización por despido improcedente.
¿Qué opciones tiene la empresa ante un despido improcedente?
Cuando un juzgado declara un despido como improcedente, la empresa tiene dos opciones:
- Readmitir al trabajador en las mismas condiciones anteriores, abonando los salarios de tramitación (los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la sentencia).
- Pagar la indemnización de 33/45 días por año. Si la empresa opta por esta vía, no tendrá que abonar salarios de tramitación (salvo que el trabajador sea representante sindical).
2. Despido Disciplinario: ¿Cuándo No Hay Indemnización?
El despido disciplinario es aquel que la empresa basa en incumplimientos graves y culpables del trabajador. Está regulado en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores y puede deberse a causas como:
- Faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad
- Indisciplina o desobediencia
- Ofensas verbales o físicas al empresario, compañeros o familiares
- Transgresión de la buena fe contractual o abuso de confianza
- Disminución continuada y voluntaria del rendimiento
- Embriaguez o toxicomanía habitual con repercusión en el trabajo
- Acoso laboral o sexual
¿Cuánto corresponde por despido disciplinario?
- Si es declarado procedente: el trabajador no tiene derecho a indemnización alguna. La empresa ha actuado conforme a derecho.
- Si es declarado improcedente: se aplican las mismas reglas que en el despido improcedente (33 días/año, máx. 24 meses).
- Si es declarado nulo (por discriminatorio, por vulnerar derechos fundamentales, o por producirse en situaciones especialmente protegidas como el embarazo): el trabajador tiene derecho a la readmisión inmediata con abono de los salarios de tramitación.
La clave está en impugnar el despido ante los juzgados y en la valoración que haga el juez de las causas alegadas por la empresa. Muchos despidos disciplinarios que inicialmente la empresa califica como procedentes terminan siendo declarados improcedentes.
3. Despido por Causas Objetivas: 20 Días por Año
El despido objetivo (regulado en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores) es aquel que se produce por causas relacionadas con el trabajador o con la empresa, pero que no implican culpa del empleado. Las causas más habituales son:
- Ineptitud del trabajador sobrevenida tras su contratación
- Falta de adaptación a modificaciones técnicas del puesto
- Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (cuando no llegan al umbral del despido colectivo)
- Faltas de asistencia al trabajo (aunque estén justificadas), cuando superen ciertos umbrales legales
- Insuficiencia de consignación presupuestaria en el sector público
¿Cuánto corresponde por despido objetivo?
La indemnización por despido objetivo es de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
Además, la empresa está obligada a preavisar al trabajador con 15 días de antelación. Si no lo hace, debe abonar los salarios correspondientes al preaviso incumplido.
¿Qué pasa si el despido objetivo es improcedente?
Si el trabajador impugna el despido y se declara improcedente, la indemnización asciende a los 33 días por año (con el tope de 24 mensualidades), igual que en el despido improcedente ordinario. La diferencia entre 20 y 33 días puede ser muy relevante en términos económicos.
Calcula la diferencia en tu caso concreto con nuestra calculadora de indemnización.
4. Despido Colectivo (ERE): 20 Días por Año con Posibles Mejoras
El despido colectivo (comúnmente conocido como ERE, Expediente de Regulación de Empleo) se produce cuando la empresa extingue contratos por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, y el número de afectados supera los umbrales establecidos en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores:
- En empresas de menos de 100 trabajadores: más de 10 despidos
- En empresas de 100 a 299 trabajadores: más del 10% de la plantilla
- En empresas de 300 o más trabajadores: más de 30 despidos
¿Cuánto corresponde en un ERE?
La indemnización legal mínima en un despido colectivo es la misma que en el despido objetivo: 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
Sin embargo, en la práctica, los EREs suelen negociarse con los representantes de los trabajadores, y con frecuencia se alcanzan acuerdos que mejoran notablemente la indemnización legal mínima, llegando en algunos casos a los 33, 40 o incluso 45 días por año.
Si estás afectado por un ERE, es fundamental contar con asesoramiento jurídico especializado para negociar las mejores condiciones posibles.
5. Extinción por Voluntad del Trabajador (Art. 50 ET): El «Autodespido»
Una de las situaciones menos conocidas, pero muy importante, es la extinción del contrato a instancia del trabajador por incumplimientos graves del empresario, regulada en el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores. A este supuesto se le conoce informalmente como «autodespido».
El trabajador puede solicitar la extinción de su contrato con derecho a indemnización como si de un despido improcedente se tratara cuando concurren alguna de estas causas:
- Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo acordadas sin respetar el procedimiento del Art. 41 ET, que causen perjuicio a la dignidad del trabajador.
- Falta de pago o retrasos continuados en el salario, lo que supone un incumplimiento grave de las obligaciones del empresario.
- Cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contractuales del empresario (acoso laboral, cambios unilaterales de funciones, traslados sin causa, etc.).
¿Cuánto corresponde en la extinción del Art. 50 ET?
Si el juzgado estima la demanda del trabajador, la indemnización es equivalente a la del despido improcedente: 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades (y 45 días para los años anteriores a 2012, si aplica).
Esta es una vía especialmente útil cuando la empresa presiona al trabajador para que se vaya voluntariamente sin ofrecerle indemnización. En lugar de dimitir y perder todos los derechos, el trabajador puede demandar a la empresa y obtener la indemnización máxima.
6. Modificación Sustancial de Condiciones de Trabajo (Art. 41 ET)
Cuando la empresa introduce cambios sustanciales en las condiciones de trabajo de forma unilateral —como cambios en el horario, el turno, el salario, las funciones o el sistema de trabajo— el trabajador puede optar por:
- Aceptar el cambio y seguir en la empresa.
- Recurrir el cambio ante el juzgado de lo social.
- Extinguir su contrato con derecho a indemnización, si el cambio le perjudica.
¿Cuánto corresponde por MSCT?
La indemnización en este caso es de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 9 mensualidades.
7. Movilidad Geográfica (Art. 40 ET)
El traslado forzoso a otro centro de trabajo que exija cambio de residencia también otorga al trabajador la opción de extinguir su contrato con derecho a indemnización.
¿Cuánto corresponde por movilidad geográfica?
La indemnización en este supuesto es de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
8. Extinción de Contratos Temporales
La finalización de los contratos temporales también puede generar derecho a indemnización, aunque el importe es inferior al de los despidos por causas objetivas o improcedentes.
Contratos por circunstancias de la producción (antes eventuales)
A la finalización de estos contratos, el trabajador tiene derecho a una indemnización de 12 días de salario por año de servicio.
Contratos de obra o servicio determinado (firmados antes de 2022)
Los contratos de obra o servicio firmados antes de la reforma laboral de 2021 (entrada en vigor en 2022) también generaban una indemnización de 12 días por año al finalizar.
Contratos de formación y aprendizaje / contratos en prácticas
La extinción de estos contratos por llegada a su fin no genera indemnización.
¿Qué ocurre si el contrato temporal se extingue antes de tiempo?
Si la empresa extingue un contrato temporal antes de su vencimiento sin causa justificada, el trabajador puede tener derecho a una indemnización equivalente a la del despido improcedente.
9. Baja Voluntaria: Sin Indemnización (Salvo Art. 50 ET)
La dimisión o baja voluntaria es la decisión unilateral del trabajador de extinguir su contrato sin alegar causa alguna. En este caso, el trabajador no tiene derecho a indemnización y tampoco puede acceder a la prestación por desempleo.
Conviene no confundir la baja voluntaria con la extinción del contrato por voluntad del trabajador amparada en el artículo 50 ET (que sí genera indemnización y acceso al paro). Si estás pensando en abandonar tu puesto de trabajo porque la empresa incumple sus obligaciones, consulta con un abogado laboralista antes de presentar la dimisión: podrías estar renunciando a una indemnización importante.
10. Trabajador Indefinido No Fijo (TINF)
El trabajador indefinido no fijo es una figura propia del sector público que se produce cuando un trabajador temporal de la Administración ocupa una plaza vacante de forma irregular. Cuando se convoca y cubre esa plaza por otra persona, el TINF tiene derecho a una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con el tope máximo establecido en cada caso.
Diferencia entre Indemnización y Finiquito
Es fundamental distinguir entre estos dos conceptos, que a menudo se confunden:
Finiquito: Es la liquidación de los derechos económicos que el trabajador tiene pendientes en el momento de la extinción de su contrato, con independencia de la causa del despido. Incluye las vacaciones no disfrutadas, la parte proporcional de las pagas extraordinarias, los salarios pendientes de cobro y cualquier otro concepto devengado. El finiquito se paga siempre, independientemente del tipo de despido.
Indemnización: Es el importe adicional que la empresa debe abonar al trabajador como consecuencia de la extinción de su contrato, y que solo corresponde en determinados tipos de despido (los enumerados en este artículo). La indemnización va por encima del finiquito.
Nuestra calculadora de indemnización y finiquito de Forislex te permite calcular ambos conceptos de forma simultánea y rápida.
Tabla Resumen: Indemnizaciones por Tipo de Despido
| Tipo de despido / extinción | Días/año | Tope máximo |
|---|---|---|
| Despido improcedente (desde 2012) | 33 días | 24 mensualidades |
| Despido improcedente (tramo anterior a 2012) | 45 días | 42 mensualidades |
| Despido disciplinario procedente | 0 días | — |
| Despido disciplinario improcedente | 33 días | 24 mensualidades |
| Despido por causas objetivas | 20 días | 12 mensualidades |
| Despido colectivo (ERE) | 20 días | 12 mensualidades |
| Extinción Art. 50 ET (autodespido) | 33 días | 24 mensualidades |
| Modificación sustancial condiciones (Art. 41) | 20 días | 9 mensualidades |
| Movilidad geográfica (Art. 40) | 20 días | 12 mensualidades |
| Fin contrato temporal (circunst. producción) | 12 días | — |
| Baja voluntaria sin causa | 0 días | — |
| Trabajador indefinido no fijo | 20 días | Variable |
¿Qué Salario se Usa para Calcular la Indemnización?
El salario regulador que se utiliza como base de cálculo es el salario bruto anual, incluyendo todos los conceptos salariales:
- Salario base
- Complementos salariales (antigüedad, plus de peligrosidad, complemento de destino, etc.)
- Pagas extraordinarias (prorrateadas en su caso)
- Horas extraordinarias habituales
- Comisiones y variables si se perciben de forma regular
No se incluyen los conceptos extrasalariales como dietas, kilometraje o ropa de trabajo, ya que tienen naturaleza compensatoria y no retributiva.
El salario diario se calcula dividiendo el salario bruto anual entre 365 días (no entre los días laborables del año).
¿Está la Indemnización por Despido Sujeta a IRPF?
Una pregunta muy frecuente: ¿hay que pagar impuestos por la indemnización del despido?
Con carácter general, las indemnizaciones por despido están exentas de IRPF hasta los límites establecidos en el Estatuto de los Trabajadores. Es decir:
- La indemnización del despido improcedente está exenta hasta los 33 días por año (o 45 para el tramo pre-2012), con el tope de 24 mensualidades.
- La indemnización del despido objetivo está exenta hasta 20 días por año, con el tope de 12 mensualidades.
Si la empresa ofrece una indemnización superior a la legal (como ocurre frecuentemente en los EREs negociados), el exceso sí tributa en el IRPF del trabajador.
Asimismo, si el despido se produce en virtud de un acuerdo entre empresa y trabajador (en lugar de una decisión unilateral de la empresa), la Agencia Tributaria puede cuestionar la exención, por lo que es recomendable asesorarse adecuadamente.
¿Cómo Calcular tu Indemnización por Despido? Usa Nuestra Calculadora
Calcular con precisión la indemnización que te corresponde puede ser complicado, especialmente si tienes antigüedad anterior a 2012, si cobras variable o si tu situación tiene alguna particularidad.
La forma más rápida y fiable de obtener un cálculo orientativo es utilizar una herramienta especializada. En Forislex hemos desarrollado una calculadora de indemnización por despido y finiquito gratuita, actualizada con la legislación vigente, que te permite obtener el importe estimado en segundos.
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Solo necesitas introducir:
- La fecha de inicio de tu contrato
- La fecha de despido (o la fecha prevista)
- Tu salario bruto anual
- El tipo de despido que has sufrido
La calculadora te mostrará de forma inmediata la indemnización estimada y el desglose del cálculo, incluyendo la parte correspondiente al tramo anterior a 2012 si procede.
Importante: los resultados de la calculadora son orientativos y no constituyen asesoramiento jurídico. Para obtener un análisis personalizado de tu caso, te recomendamos contactar con un abogado laboralista de Forislex.
Plazos para Reclamar la Indemnización por Despido
Actuar a tiempo es crucial. En materia de despido, los plazos son muy estrictos:
Plazo para impugnar el despido: el trabajador dispone de 20 días hábiles desde la fecha del despido para presentar la papeleta de conciliación previa al acto de conciliación laboral. Este trámite es obligatorio antes de interponer una demanda ante el Juzgado de lo Social.
Si no se actúa dentro de este plazo de 20 días hábiles, el derecho a impugnar el despido caduca y no puede reclamarse ninguna cantidad adicional más allá de lo que la empresa haya ofrecido voluntariamente.
Plazo para reclamar el finiquito: el plazo general de prescripción para reclamar cantidades salariales es de 1 año desde que se devengaron.
Dado lo ajustado de estos plazos, es fundamental consultar con un abogado laboralista en cuanto se produzca el despido, o incluso antes si se sospecha que la empresa está preparando uno.
¿Qué Hacer si la Empresa no Paga la Indemnización?
Si la empresa reconoce la improcedencia del despido pero no abona la indemnización, o si el juzgado la ha condenado al pago y no cumple, el trabajador puede:
- Solicitar la ejecución de la sentencia ante el Juzgado de lo Social que dictó la resolución.
- Reclamar a través del FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) cuando la empresa es insolvente o está en concurso de acreedores, dentro de los límites legales establecidos.
Preguntas Frecuentes sobre la Indemnización por Despido
¿Cuánto me corresponde si llevo 5 años en la empresa y me despiden de forma improcedente?
Si llevas 5 años trabajando, todos ellos posteriores a 2012, y tu salario bruto anual es de 24.000 € (salario diario de 65,75 €):
65,75 € × 33 días × 5 años = 10.848,75 €
¿Tengo derecho a indemnización si me voy voluntariamente?
En general, no. La baja voluntaria sin causa no genera indemnización. Sin embargo, si te ves forzado a marcharte porque la empresa está incumpliendo el contrato, podrías tener derecho a la indemnización máxima del despido improcedente a través del Art. 50 ET. Consulta con un abogado antes de tomar ninguna decisión.
¿La indemnización es la misma para contratos indefinidos y temporales?
No. Los contratos temporales tienen una indemnización inferior (12 días por año) al vencer su plazo. Sin embargo, si se extinguen antes de su vencimiento sin causa, puede aplicarse la indemnización del despido improcedente.
¿Qué pasa con la indemnización si tengo más de un contrato en la misma empresa?
Se tiene en cuenta la antigüedad total acumulada en la empresa, sumando todos los períodos de trabajo, aunque hayan existido interrupciones o cambios de contrato.
¿Se puede negociar la indemnización con la empresa?
Sí. En muchos casos, especialmente en despidos colectivos y objetivos, existe margen para negociar una indemnización superior a la legal. Contar con asesoramiento jurídico especializado aumenta considerablemente las posibilidades de obtener mejores condiciones.
Conclusión: Conoce tus Derechos y Calcula lo que Te Corresponde
El despido es una situación difícil tanto personal como económicamente. Conocer la legislación laboral y entender qué tipo de extinción de contrato estás afrontando es fundamental para proteger tus derechos y no dejar dinero sobre la mesa.
En Forislex estamos especializados en derecho laboral y ponemos a tu disposición herramientas gratuitas y un equipo de abogados laboralistas para ayudarte en cada paso del proceso.
Primer paso: calcula tu indemnización de forma inmediata y gratuita con nuestra herramienta.
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Segundo paso: si necesitas asesoramiento personalizado, contacta con nuestro equipo. Nuestros abogados laboralistas en Madrid te ayudan a defender tus derechos laborales.
